En España, el proceso de reforma contable fue abordado inicialmente por el Informe sobre la situación actual de la contabilidad en España y líneas básicas para abordar su reforma (Libro Blanco) y, posteriormente, por los grupos de trabajo creados por el ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas) para la elaboración del nuevo Plan General.
Sus resultados fueron la Ley 16/2007
—que introdujo reformas importantes en la regulación de la contabilidad
en el Código de Comercio y el texto refundido de la Ley de Sociedades
Anónimas—, el Plan General de Contabilidad y el Plan General de
Contabilidad de PYMES, que completaron la regulación contable en vigor a
partir de enero de 2008, sin perjuicio de los aspectos entonces
pendientes de desarrollo por el ICAC en virtud de las habilitaciones del
Real Decreto 1514/2007. Los nuevos planes conservaron la estructura del anterior y el carácter obligatorio o facultativo de la aplicación de sus diferentes partes.
Las principales novedades introducidas
por dichas normas fueron la prevalencia del fondo económico sobre la
forma jurídica de las operaciones, la contemplación del valor razonable
como un nuevo criterio valorativo, la regulación de las combinaciones de
negocio y los pagos basados en instrumentos de patrimonio y la
catalogación de los instrumentos financieros.
En lo relativo a la presentación de las
cuentas anuales, se estableció la obligatoriedad de elaborar el estado
de cambios en el patrimonio neto y, en el caso de las empresas que
aplicaran el Plan General de Contabilidad, el estado de flujos de
efectivo.
Sin embargo, el marco contable
introducido nacía con ciertos visos de provisionalidad, puesto que, como
se puso de manifiesto en la propia introducción del Plan General, un
aspecto que entonces estaba siendo objeto de debate en el seno del IASB
—International Accounting Standards
Board (Junta de Normas Internacionales de Contabilidad)— era el
relativo a las combinaciones de negocios. El legislador español, con
buen criterio jurídico, optó por introducir en España la normativa
entonces vigente a nivel europeo antes que unas reglas que todavía no
habían sido aprobadas.
El proceso de modificación de la NIIF 3
(Norma Internacional de Información Financiera n.º 3), que estaba en
marcha, iba a afectar a la regulación establecida por el Plan General en
su norma de valoración 19 y a diferir el desarrollo de la normativa que
sustituyera al Real Decreto 1815/1995, que regulaba la formulación de
las cuentas anuales consolidadas.
Contenido:
Prólogo
Real Decreto, 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad
Introducción
Primera parte. Marco conceptual de la contabilidad
Segunda parte. Normas de registro y valoración
Tercera parte. Cuentas anuales
Modelos normales de cuentas anuales
Memoria
Modelos abreviados de cuentas anuales
Contenido de la Memoria abreviada
Cuarta parte. Cuadro de cuentas
Quinta parte. Definiciones y relaciones contables
Real Decreto, 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad
Introducción
Primera parte. Marco conceptual de la contabilidad
Segunda parte. Normas de registro y valoración
Tercera parte. Cuentas anuales
Modelos normales de cuentas anuales
Memoria
Modelos abreviados de cuentas anuales
Contenido de la Memoria abreviada
Cuarta parte. Cuadro de cuentas
Quinta parte. Definiciones y relaciones contables
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